Un factor importante a tener en cuenta ante un despido disciplinario es el grado de tolerancia de la empresa previa al despido.

Es decir, tenemos que valorar si la conducta por la que nos han despedido era tolerada con anterioridad a producirse este despido.

Hay que valorar si con anterioridad al despido, esta conducta era tolerada, y si la empresa decidió modificar ese grado de tolerancia, y en tal caso, si hemos sido advertidos de ello, amonestado e indicado tal circunstancia.

Para que pueda apreciarse la existencia de tolerancia, la actitud del empleador debe tener suficiente consistencia para que se pueda deducir una voluntad de admitir como no sancionables determinados incumplimientos contractuales.

La existencia de tolerancia por parte de la empresa, debe acreditarse por el trabajador.

Algunos ejemplos de tolerancia previa

Vamos a relatar algunos ejemplos de tolerancia previa de la empresa, que suelen ser habituales en las relaciones laborales, así:

  • Cuando se trata de una conducta habitual consentida por la empresa y sin que se le haya puesto ninguna objeción.
  • Cuando la conducta que ha provocado el despido, es una conducta que emana de órdenes expresas de la empresa empleadora.
  • Si la conducta sancionada está vinculada a la mecánica general y organizativa de la empresa.
  • En los supuestos de un despido por faltas de asistencia y puntualidad, esta tolerancia previa se da si:
    • antes del despido la empresa tenía por costumbre descontar su importe del salario,
    • y, no se ha advertido de un cambio en esta costumbre
  • Cuando un directivo habitualmente come en un restaurante con cargo a la empresa, a la carta y no con opciones mas económicas como los menús, situación que se da habitualmente y durante tiempo y que la empresa ha venido permitiendo.
  • Una situación, que entre abogados se suele producir, es la ausencia del trabajo para atender el turno de oficio, cuando la empresa conoce y viene tolerando esa situación desde la contratación del abogado.
  • Si el trabajador aplica una política comercial de descuentos porque viene siendo habitual en la comercialización para captar clientes.
  • La gestión en los pedidos de género, protocolo sobre productos caducados, y otras situaciones toleradas por la empresa.
  • La visualización de internet durante la jornada laboral, sin que conste prohibición expresa, habiendo una cierta tolerancia empresarial.
  • El invitar a pequeñas consumiciones a clientes habituales, y a los típicos chupitos de sobremesa en comidas, práctica que suele ser habitual en muchos bares y restaurantes.

Cambio de criterio sobre la tolerancia de la empresa

Cuando se dan situaciones en las que la empresa muestra una tolerancia a ciertas costumbres llevadas a cabo por los trabajadores, no puede, de manera sorpresiva, considerar que los trabajadores incurren en sanción, por hacer lo que por costumbre y tolerado por la empresa, venían haciendo.

La empresa en caso de cambio de criterio ha de informado a los trabajadores.

Ha de dejar claro ese cambio de criterio y especificar con exactitud las nuevas directrices y normas de la empresa.

Algunos ejemplos de no tolerancia y que claramente entran en las causas del Despido Disciplinario.

Algunos ejemplos en los que no puede entenderse que exista una voluntad de tolerar determinadas conductas:

  • Por ejemplo, cuando la empresa no era conocedora de las infracciones hasta el desarrollo de una auditoria que las detecta. 
  • Que la empresa permita utilizar el vehículo del trabajo para temas personales (recoger hijos del cole, por ejemplo), no implica que se pueda prestar dicho vehículo a terceras personas. 
  • Supuesto en el que el trabajador hace uso particular del vehículo de la empresa sin que sea una práctica tolerada ni autorizada. 

En todos estos casos, el Despido Disciplinario correctamente redactado y notificado sería procedente.

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